Potestas

Potestas (latín para "poder", "poder", "posibilidad") es un término inicialmente indefinido para cualquier opción de control o toma de decisiones real, que los romanos especificaron como un nombre para poder de magistrado en el sentido de un poder de disposición o poder otorgado constitucionalmente.

El concepto de potestas ya era difícil de comprender en la antigüedad y era necesario distinguirlo del imperium más específico (mando, autoridad). Sin embargo, existía una tendencia a entender el imperium como principalmente militar , mientras que las potestas se referían principalmente a la autoridad civil . En varias leyes (por ejemplo, en la lex Rubria o la Lex Ursonensis ) se expresa que potestas era el término más amplio, imperium el más estrecho. La autoridad de los censores , tribunos , ediles y cuestores sólo se registró con potestas ( censoria , tribunicia ).

En un contexto de política exterior, la frase in potestatem se dedere ("pasar por potestas ") significaba que uno se sometía al poder de Roma. La patria potestas , es decir , la patria potestas del cabeza de familia masculino sobre sus parientes y esclavos, que teóricamente incluía incluso el derecho a matar parientes y que permaneció intacta hasta la antigüedad tardía de iure, fue significativa en el derecho privado .

Según el derecho constitucional , se entendía por potestas a los poderes asociados a un determinado cargo. Un magistrado romano generalmente tenía maior potestas ("autoridad superior") frente a los titulares de cargos que estaban bajo su mando en el cursus honorum . De las potestas para distinguir la auctoritas , es decir, el poder informal, que no estaba ligado a un oficio, sino al respeto, la riqueza y el mecenazgo. Augusto deja clara la diferencia entre potestas y auctoritas en un lugar importante cuando piensa que aunque no en potestas, es superior a los demás funcionarios en auctoritas.

Desde finales de la República romana sucedió que el oficio y la autoridad se separaron entre sí, es decir, que las potestas se conferían sin estar atadas a las ropas del magistrado correspondiente. El caso más importante es el de la autoridad oficial de la tribuna (tribunicia potestas) , que ya había sido cedida a César y luego a partir del 22 a. C. en adelante. BC debería representar uno de los poderes clave de los emperadores romanos.

literatura

  • Jochen Bleicken : La Constitución de la República Romana . 3. Edición. Schöningh, Paderborn 1975, ISBN 3-506-99173-6 , págs. 79-80.
  • Elmar Bund : Potestas. En: El pequeño Pauly (KlP). Volumen 4, Stuttgart 1972, Col. 1093 f.
  • Ingemar König: El Estado Romano I. La República . Stuttgart 1992.
  • Wolfgang Kunkel con Roland Wittmann : orden estatal y práctica estatal de la República Romana. Segunda parte. El magistrado . Munich 1995, ISBN 3-406-33827-5 (edición completa de Wittmann de la obra dejada sin terminar por Kunkel). Págs. 21-28 (22).

Observaciones

  1. Paulus , Fiesta. 43 I.
  2. Sobre este problema, véase también Fred K. Drogula: "Imperium, potestas, and the pomerium in the roman republic", en: Historia 56 (2007), págs. 419–452.
  3. Ulpiano , Pandekten 48,4,1; 48,6,7 y 10.
  4. Livio 43:16, 3.
  5. Res gestae divi Augusti 34.