Caso Hirsi

El caso Hirsi es un caso del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el que once ciudadanos de Somalia y trece ciudadanos de Eritrea demandaron al estado de Italia . En 2012, se confirmó su demanda y se ordenó al Estado italiano pagar una indemnización de 15.000 euros por persona y hacerse cargo de las costas del proceso.

caso

El 6 de mayo de 2009, más de 200 refugiados eritreos y somalíes que querían cruzar de Libia a Italia en tres barcos fueron recogidos a 35 millas náuticas al sur de Lampedusa por la Aduana italiana y la Guardia Costera, devueltos a Trípoli en buques de guerra y obligados a desplazarse. abandonar los barcos.

El 7 de mayo de 2009, el Ministro de Relaciones Exteriores italiano justificó la tramitación de este caso con el acuerdo de retorno con Libia, que había sido concluido en febrero de 2009.

Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

El Consejo Italiano para los Refugiados se puso en contacto con los inmigrantes y los puso en contacto con abogados italianos. Finalmente, 24 personas presentaron una denuncia contra Italia ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos . El caso ( Hirsi Jamaa y otros contra Italia ) fue aceptado para su examen; las negociaciones se llevaron a cabo el 22 de junio de 2011 y el 19 de enero de 2012. El 19 de enero de 2012, Italia fue condenada al pago de daños y perjuicios por la cantidad de 330.000 euros y al pago de las costas judiciales. Dado que desde entonces dos de los demandantes habían muerto en otro intento de cruzar el Mediterráneo , el equivalente a 15.000 euros por persona.

El tribunal dictaminó que, entre otras cosas, debido al control fáctico de los solicitantes de asilo, existía la jurisdicción de Italia, aunque no se entró en territorio italiano. En consecuencia, afirmó que el Estado italiano no debería haber devuelto a los solicitantes de asilo a Libia, ya que nadie debería ser sometido a torturas o castigos inhumanos (art. 3 del CEDH). Además, Italia violó la prohibición de la expulsión colectiva de extranjeros (artículo 4 del IV. Protocolo adicional) y violó el derecho a una denuncia efectiva (artículo 13 en conjunción con el artículo 3 del CEDH y el artículo 4 del IV. Protocolo adicional).

El fallo fue recibido por el ACNUR como un "punto de inflexión" en la cuestión de la responsabilidad de los Estados en el trato con los refugiados. Las organizaciones de derechos humanos y de refugiados describieron la sentencia como innovadora.

Ver también

enlaces web

Evidencia individual

  1. a b c Klaus Dienelt : ECHR: Rechazo de refugiados en alta mar ilegalmente. En: migrationsrecht.net. Consultado el 25 de abril de 2015 .
  2. a b UE / Italia: Fortalecimiento de la protección de los refugiados en alta mar. Agencia Federal para la Educación Cívica, 1 de marzo de 2012, consultado el 25 de abril de 2015 .
  3. ^ Friedrich Schmidt: Tribunal de derechos humanos: Estrasburgo condena a Italia. faz.de, 23 de febrero de 2012, consultado el 25 de abril de 2015 .
  4. Sentencia: Italia debe compensar a los refugiados deportados. Spiegel en línea, 23 de febrero de 2012, consultado el 25 de abril de 2015 .