Protección legal provisional

Bajo protección legal preliminar (incluyendo procedimientos sumarios temporales o parcialmente incorrectos pero generalizados ) se entiende en derecho procesal la posibilidad de los derechos subjetivos en caso de emergencia antes de decidir sobre una demanda a proteger efectivamente. Si, debido a la duración del procedimiento, se teme que finalmente se acorte un derecho controvertido o se continúe una infracción de la ley hasta que se haya tomado una decisión sobre el asunto principal, se debe recurrir a un tribunal en el procedimiento principal. excepcionalmente insuficiente para una protección jurídica eficaz.

La posibilidad de prevenir temporalmente una posible violación de la ley puede ser determinada por ley u ordenada por una autoridad o un tribunal. Si bien la protección legal provisional estatutaria se limita a otorgar recursos legales o recursos legales con efecto suspensivo (efecto suspensivo ), la redacción de reglamentos también se puede lograr a través de solicitudes.

General

La protección legal provisional es resultado del derecho fundamental a la protección legal efectiva , artículo 19 (4) de la Ley Fundamental .

Todas las formas de protección legal provisional tienen en común que no toman una decisión final y generalmente no permiten la creación de un hecho consumado (prohibición de anticipar el problema principal). De este modo, garantiza la eficacia y viabilidad de una decisión posterior en el procedimiento principal. La protección legal provisional sólo puede reclamarse mientras se afirme un derecho en el asunto principal o pueda (todavía) hacerse valer (el llamado accesorio latente de la protección legal provisional). En principio, la protección legal provisional se otorga en todos los ámbitos del derecho.

Con resolución pendiente , se admite un reglamento provisional temporal que se rescindirá a sí mismo a través de la decisión en el proceso de amparo judicial previo (el llamado amparo judicial expreso-urgente).

En la protección legal provisional por un tribunal, el estándar de examen se reduce. Solo existe la llamada verificación de resumen (aproximada). La posibilidad fundamentada de que la solicitud sea admisible y esté fundada es suficiente . No se requiere una probabilidad cercana a la certeza . El tipo de presentación también difiere del procedimiento principal. El tribunal puede incluso sin audiencia u otra audiencia por decisión decidir y acortar los plazos. Por regla general, la necesidad de acelerar el procedimiento no permite la obtención formal de pruebas ( audiencia de testigos , inspección in situ, dictamen pericial ). Se toma una decisión sobre la base de los hechos presentados o conocidos y los hechos hechos plausibles por el solicitante . También está permitido tener en cuenta una declaración jurada .

En general, se requiere una reclamación para un pedido y una razón para el pedido. La demanda de orden es la demanda legal sustantiva del solicitante contra el oponente ( artículo 194 (1) del Código Civil alemán ( BGB )), que principalmente se afirma o debe afirmarse ; El motivo de la orden significa la urgencia del asunto, d. En otras palabras, debido a la falta de tiempo, no debe ser razonable que el solicitante continúe con su reclamo en procedimientos legales regulares. En los procesos de amparo judicial provisional ante los tribunales administrativos (incluido el juzgado de lo social y el fiscal ), estos requisitos no se aplican en ningún caso si la objeción o la acción contra el acto administrativo en cuestión no tiene efecto suspensivo o la autoridad ha ordenado su ejecución inmediata (VzA). El objetivo de la protección jurídica es entonces la suspensión de la ejecución (AdV). La solicitud a la autoridad o al tribunal tiene por objeto restaurar u ordenar el efecto suspensivo de la objeción o la acción. Por regla general, aquí se puede asumir la urgencia (la autoridad quiere realizar su acto administrativo), y en lugar de reclamar una orden, lo principal es examinar las posibilidades de éxito y, en caso de duda, sopesar intereses.

Demarcación

La protección legal provisional debe diferenciarse de la protección legal preventiva , que tiene como objetivo evitar que estos derechos se hagan cumplir más tarde o solo con una dificultad considerable o desventajas irrazonables, incluso antes de que surjan posiciones legales. Un caso típico es el derecho de planificación , en el que se hace referencia a una medida cautelar preventiva para no obstaculizar las etapas posteriores de la planificación. Sin embargo, básicamente no existen procedimientos expresos disponibles para esto. Más bien, uno solo tiene derecho a emprender acciones legales siempre que una violación de los intereses legales amenace y aún no haya ocurrido, pero los pasos iniciales de planificación y desarrollo definen una tendencia gradual reconocible y aún son impugnables.

Ejemplo: al planificar nuevas áreas de construcción en las que, entre otras cosas, un vecindario molesto surgirá debido a las inmisiones , hay que atacar las decisiones de planificación y no solo después de que el desarrollo se haya acercado al último permiso de construcción que se implementará en la puerta de entrada. Es cierto que está involucrado como tercero en el proceso de licencia de construcción, pero entonces ya está materialmente excluido y no puede impedir el permiso en la materia (el llamado caso de engorde de cerdos).

Juicio civil

En los procesos civiles , la protección legal preliminar se puede obtener a través de:

Arrestar

El arresto sirve para asegurar la ejecución hipotecaria de un reclamo monetario. La forma más común es el "arresto in rem" ( § 917 ZPO), que puede ordenarse si, sin su imposición, la ejecución de una sentencia resultante de un procedimiento normal se frustra o se dificulta significativamente. La decisión luego dice que debido a un reclamo monetario específico (que se especificará en términos de razón y monto), la propiedad del demandado debe ser arrestada in rem. La remisión de la verdadera unión es un título ejecutivo y permite la exclusión a través de la fijación de bienes muebles o la entrada de una garantía de hipoteca sobre los bienes raíces, pero sólo con el propósito de seguridad, mientras que la utilización de los objetos adjuntos se excluye debido a la unión.

Disposición provisional

La medida cautelar es la decisión preliminar del tribunal en el procedimiento de urgencia, que sirve para asegurar un reclamo no monetario hasta la decisión final. Está regulado en § § 935 a § 942 ZPO. La orden judicial provisional está destinada a asegurar el reclamo sobre un tema específico de disputa ( § 935 ZPO) (orden de seguridad) o la paz legal ( § 940 ZPO) (orden de regulación).

Por tanto, la medida cautelar se emite en las siguientes condiciones:

  1. Derecho de disposición: El solicitante debe tener un reclamo contra el deudor (sin derecho a pago monetario), que busca asegurar.
  2. Motivo de la disposición: Existe una razón para la disposición si, sin la disposición, la ejecución de la reclamación se vería comprometida o la disposición parece necesaria para mantener la paz jurídica. El motivo de la disposición es el motivo por el que se solicita la disposición.
  3. Solicitud de eliminación ( § 936 , § 920 ZPO): La solicitud debe contener el reclamo que se desea asegurar y el motivo de la eliminación. Puede declararse por escrito o en el acta de la oficina ( Sección 920 (3) ZPO). Como resultado de esta segunda alternativa prevista en la ley, la solicitud también puede presentarse sin consultar a un abogado , incluso si el tribunal competente es un tribunal regional ( artículo 78 (3) ZPO). En principio, el tribunal del asunto principal es responsable ( § 937 , § 943 , § 802 ZPO), en casos excepcionales el tribunal del asunto documentado ( § 942 ZPO).

Tanto la reclamación como el motivo de la eliminación deben ser creíbles . A tal efecto, además de las cinco pruebas previstas en el procedimiento principal , limitadas a las pruebas presentes , el solicitante también puede obtener un juramento en lugar de una afirmación ( artículo 920 (2), artículo 294 ZPO).

Si se teme que se dicte una orden provisional, el oponente puede hacer oír su punto de vista al tribunal en una etapa temprana depositando una carta de protección ante los tribunales en cuestión. Si se ha dictado la medida preliminar, el demandado puede oponerse mediante una excepción a que el tribunal escuche oralmente la medida preliminar y tome una decisión.

A diferencia de una sentencia en el procedimiento principal , una medida cautelar no se notifica de oficio a la parte contraria, sino que debe ser notificada por el propio demandante por medio de un alguacil en el plazo de un mes a partir de la emisión para que sea ejecutable (notificación en el negocios de fiestas, Sección 936 , Sección 922 (2), Sección 929 (2) ZPO). Si la ejecución se lleva a cabo antes de la entrega, la entrega debe realizarse dentro de los siete días posteriores a la ejecución y antes de la expiración del período de un mes según § 922 (2) ZPO según § 929 Abs.3 ZPO . Esta es una excepción a las disposiciones básicas del § 750 , § 751 ZPO, según el cual, entre otras cosas. sólo podrá ejecutarse una vez que se haya cumplido la sentencia o la cláusula de ejecución.

Si se demuestra que una medida cautelar es injustificada (cf. § 945 ZPO), el oponente puede hacer valer una demanda por daños y perjuicios contra el solicitante . Esto también se aplica si el solicitante no tiene la culpa . Por esta razón, obtener una orden judicial siempre presenta un riesgo de costos para el solicitante.

Si el contenido de la disposición consiste en la omisión de un acto o la tolerancia de la ejecución de un acto, esto puede ser ejecutado mediante multas o detención . Estos medios regulatorios deben verse amenazados de antemano. El límite permitido es 250.000 euros o seis meses de prisión, la pena total impuesta de prisión no debe exceder los dos años.

Formulación simple en la solicitud: "Bajo amenaza de multa de hasta 250.000 euros, alternativamente detención regular o detención regular por hasta seis meses"

La amenaza de este marco, sin embargo, no dice nada sobre la cantidad de medios de regulación que realmente se puede esperar. La condena a un medio regulatorio requiere la implementación de un nuevo procedimiento (cf. § 890 , § 891 ZPO).

Orden provisional

Además del arresto y las medidas cautelares preliminares, también existe protección legal provisional en forma de una orden provisional en varios tipos y fases del procedimiento, por ejemplo en el contexto de las decisiones de apelación ( artículo 570 ZPO) y en los procedimientos de ejecución ( artículo 707 , Sección 719 , Sección 732 , Sección 769 , Sección 770 , Sección 771 , Sección 805 ZPO).

Procedimientos judiciales laborales

En los procedimientos judiciales laborales , se aplica el llamado principio de aceleración de conformidad con la Sección 9 ArbGG . Debido a la especial importancia del trabajo remunerado y de los ingresos del trabajo , los procedimientos ante los tribunales laborales deben acelerarse siempre en el procedimiento principal , en particular en el caso de litigios existentes . Si esta aceleración no es suficiente debido a la situación del caso individual, se encuentran disponibles los mismos procedimientos que en los procedimientos judiciales civiles , porque la ZPO también es aplicable en los procedimientos judiciales laborales de acuerdo con el § 46 ArbGG. En este contexto, las medidas cautelares provisionales para hacer cumplir el derecho a vacaciones y los salarios, así como el derecho a continuar en el empleo después de un proceso de protección por despido en primera instancia, son de importancia .

Procedimiento de jurisdicción voluntaria

Hasta el 30 de junio de 2007, existía amparo judicial provisional mediante orden provisional en el trámite de la Ley de Condominios (Art. 44 (3) WEG versión antigua) y en el marco de los procedimientos de denuncia según el Art. 24 (3) FGG antiguo El procedimiento WEG ha sido modificado y retirado de la jurisdicción voluntaria. Desde el 1 de julio de 2007, los asuntos del WEG se han decidido en procesos civiles ; D. Esto significa que la orden judicial temporal y no la orden judicial temporal es el tipo de procedimiento correcto.

Se pueden tomar medidas provisionales en tipos especiales de procedimientos bajo la FamFG por medio de órdenes provisionales, por ejemplo en disputas familiares ( Sección 119 (1) FamFG), en asuntos relacionados con la niñez Sección 157 FamFG, en asuntos de protección contra la violencia ( Sección 214 ( 1) FamFG), en asuntos de manutención ( Sección 242 FamFG), en asuntos de cuidado ( § 300 a § 302 FamFG) y en asuntos de alojamiento ( § 331 FamFG).

Prueba criminal

Con respecto a la medida provisional más interviniente, la prisión preventiva , las disposiciones correspondientes del Código de Procedimiento Penal aseguran que la decisión se tome con poca antelación y que, además de un control de detención intermitente , se pueda realizar una nueva prueba de detención. en cualquier momento a solicitud del interesado ( artículo 115 , artículo 115a , artículo 117 , artículo 118, párrafo 5 del StPO ).

En el procedimiento de denuncia ( artículo 307 (2) del Código de Procedimiento Penal) y para algunas decisiones especiales ( artículo 360 (2) o artículo 458 (3) del Código de Procedimiento Penal) existe la opción de suspender la ejecución de una decisión o de dictar una orden provisional.

Como un tipo especial de protección legal provisional, los objetos o sus sustitutos que están sujetos al decomiso del artículo 74 del Código Penal o al decomiso del artículo 73 del Código Penal o para ayudar a los lesionados a presentar reclamaciones por daños y perjuicios (asistencia de recuperación) pueden ser incautado por los organismos encargados de hacer cumplir la ley , Sección 111b (5), Sección 111h , § 111i StPO.

Recurso de expedientes administrativos judiciales

En los procesos contra actos administrativos del poder judicial ( § 23 a § 30 EGGVG ), debido a la falta de regulación en la EGGVG - aunque controvertida - es posible la protección legal temporal mediante aplicación análoga. En particular, el § 29 párrafo 3 EGGVG se refiere a la FamFG, en particular los artículos 71 y siguientes FamFG.

Jurisdicción administrativa

Por lo general, la ley ya otorga protección legal provisional contra un acto administrativo que atenta contra los derechos del ciudadano. El ciudadano está fundamentalmente protegido de la ejecución inmediata de tales actos administrativos tan pronto como tome medidas formales contra ellos. La objeción de evasión y la acción de evasión tienen efecto suspensivo ( Sección 80 (1) oración 1 VwGO ).

En virtud del efecto suspensivo, el acto administrativo no es temporalmente ejecutable o ejecutable, aunque entra en vigor a partir de la notificación y debe ser observado. No se pueden extraer otras conclusiones legales o fácticas del acto administrativo (por ejemplo, multa).

El principio de la Sección 80 (1) VwGO a menudo se rompe en la práctica ( Sección 80 (2) VwGO):

  • al solicitar cargas y costos públicos (por ejemplo , contribución al desarrollo , incluidos los impuestos municipales)
  • en el caso de órdenes y medidas de agentes del orden que no se puedan posponer (esto también incluye señales de tráfico e instalaciones de tráfico).
  • en otros casos prescritos por la ley federal o para la ley estatal por la ley estatal , en particular para las objeciones y quejas de terceros contra actos administrativos que se refieran a inversiones o creación de empleo
  • en el caso de medidas administrativas de ejecución (por ejemplo, establecimiento de un pago de multa ), si así lo prevé la legislatura estatal
  • en otros casos en los que la autoridad ha ordenado específicamente la ejecución inmediata en el interés público primordial o en el interés primordial de una de las partes involucradas (por ejemplo, orden de talar un árbol podrido). En estos casos, el interés público primordial o el interés primordial de la parte involucrada debe estar específicamente justificado ( Sección 80 (3) VwGO). El razonamiento no debe limitarse a una reproducción de la ley oa meras fórmulas y frases, sino que se requiere una explicación caso por caso. Incluso una referencia a los motivos del acto administrativo no suele ser suficiente (esto puede ser diferente con las medidas para evitar el peligro ). La orden de ejecución inmediata no es en sí misma un acto administrativo, ya que no existe una "regulación" en el sentido de § 35 se da la oración 1 VwVfG . Además, el sentido y la finalidad hablan en contra de la aceptación de un acto administrativo, ya que de lo contrario se podría volver a interponer una objeción con efecto suspensivo contra esta orden y así se instauraría un efecto espiral.

La autoridad que emitió el acto administrativo y la autoridad de objeción pueden suspender la ejecución inmediata si la objeción de conformidad con la Sección 80 (2) VwGO no tiene efecto suspensivo por ley o debido a una orden oficial ( Sección 80 (4) VwGO).

En el derecho procesal administrativo , la protección jurídica provisional se concede a solicitud del tribunal administrativo, que ha decidido o debería decidir sobre el asunto principal (tribunal del asunto principal). Debe hacerse una distinción entre:

  • Ordenar el efecto suspensivo de la acción de objeción y rescisión si no existe originalmente, es decir , si la regla de la Sección 80 (1) VwGO no se aplica ( Sección 80 (2) oración 1 No. 1 a 3, Sección 80 (5), Sección 80a VwGO),
  • Restauración del efecto suspensivo si se eliminó de antemano ( artículo 80 (2) frase 1 no 4; artículo 80 (5), artículo 80a VwGO),
  • Determinación del efecto suspensivo ( análogo a la Sección 80 (5) VwGO) si la autoridad niega la ocurrencia del efecto suspensivo, p. Ej. B. porque considera que el recurso de casación se interpuso por un período de tiempo limitado,
  • Orden provisional en todos los demás casos ( Sección 123 VwGO): Se debe hacer una distinción entre la orden de garantía de conformidad con la Sección 123 Párrafo 1 Frase 1 VwGO para mantener el status quo y la orden reglamentaria de conformidad con la Sección 123 Párrafo 1 Sentencia 2 VwGO para el adopción de una medida.

También se brinda protección legal provisional en el proceso de control regulatorio mediante la emisión de una orden provisional ( Sección 47 (6) VwGO)

Procedimientos judiciales tributarios

La situación legal es similar a la del proceso judicial administrativo. Sin embargo, en el caso de notificaciones ejecutorias, el tribunal no ordena el efecto suspensivo, sino la suspensión de la ejecución de la notificación tributaria ( artículo 69 (2 ) FGO ). Similar a las notificaciones tributarias, que son verificadas por los tribunales administrativos (ver Sección 80 (6) VwGO), una solicitud previa a las autoridades fiscales ( Sección 361 AO ), que no ha tenido éxito ( Sección 69 (4) FGO).

Se descarta la suspensión de la ejecución si el aviso de impuesto o responsabilidad se ha hecho firme (incontestable) porque z. B. el período de objeción ha expirado sin una apelación. Entonces no se trata de conceder la suspensión de la ejecución por razones de equidad. Se descarta la suspensión de la ejecución por penuria indebida si no existen dudas sobre la legalidad del acto administrativo impugnado. Quedan posibles solicitudes de aplazamiento .

Si no existe un acto administrativo susceptible de suspensión (rechazo de aplazamiento y renuncia, o se solicita un reembolso), solo entra en consideración la orden provisional según § 114 FGO.

Procedimiento judicial social

La protección legal provisional en la justicia social está estructurada de manera similar a los procedimientos judiciales administrativos ( § 86a y § 86b SGG ).

Procedimientos ante el Tribunal Constitucional Federal

En los procedimientos ante el Tribunal Constitucional Federal , en caso de disputa, una situación puede ser regulada provisionalmente mediante una orden provisional de acuerdo con el § 32 BVerfGG si esto se requiere con urgencia para evitar desventajas graves, para prevenir amenazas de violencia o para otro importante Razón del bien común. Debe evitarse la creación de un hecho consumado que pueda hacer obsoleta una decisión en el procedimiento principal.

El tribunal se refiere a la denominada doble hipótesis, en la que las desventajas que surgirían si no se dictó una orden cautelar pero el procedimiento principal prosperara se comparan con las desventajas que se producirían si se dictó la codiciada medida cautelar. pero finalmente el éxito fracasaría. Debe sopesarse entre sí qué deterioros tendrían que afrontar las partes si se emitiera la orden provisional y qué deterioros surgirían en caso de no emisión. Sin embargo, la BVerfG solo entra en la ponderación de las consecuencias si el procedimiento principal no es manifiestamente inadmisible ni manifiestamente infundado. ¿Existe algún caso de especial urgencia? I. Dakota del Sur. Sección 32 (2) oración 2 BVerfGG, las partes no pueden presentar una declaración.

Lo mismo se aplica al procedimiento ante el Tribunal Constitucional de Baviera (BayVerfGH). Art. 26 BayVerfGHG se basa en § 32 BVerfGG.

literatura

Al procedimiento judicial administrativo

Al procedimiento judicial social

  • Thomas Krodel: El proceso urgente del tribunal social. 3. Edición. Nomos Verlag, Baden-Baden 2012, ISBN 978-3-8329-6274-6 .

A los procedimientos judiciales fiscales

Al proceso constitucional

  • Rüdiger Zuck : La ley de denuncias constitucionales , 4ª edición de 2013, Rn. 1099 y sigs.

Evidencia individual

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  7. BVerfG, decisión de 27 de enero de 2006, Az. 1 BvQ 3/06, texto completo , ejemplo de orden reglamentaria.
  8. BVerfG, decisión de 18 de diciembre de 2003, Az. 2 BvQ 70/03, texto completo , ejemplo de orden de seguridad.
  9. Rüdiger Zuck : El derecho a presentar denuncias constitucionales , 4a edición de 2013, Rn.1102.
  10. Rüdiger Zuck: El derecho a presentar denuncias constitucionales , 4a edición de 2013, Rn. 1148 y siguientes.
  11. Rüdiger Zuck: El derecho de reclamo constitucional , 4a edición 2013, Rn. 1149.
  12. Carlo Pöschke: BVerfG: Solicitud del grupo parlamentario AfD para emitir una orden provisional rechazada , consultado el 7 de octubre de 2019.
  13. Rüdiger Zuck: La ley de denuncias constitucionales , 4a edición 2013, Rn. 1191.
  14. Art. 26 BayVerfGHG.