Inquisición española

La Inquisición española ( española Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición ) fue una institución establecida con la aprobación del Papa de combatir la herejía en España . Existió formalmente desde 1478, con interrupciones a principios del siglo XIX , hasta 1834.

El escudo de armas de la Inquisición española de 1571.

Establecimiento de los primeros tribunales

El 20 de agosto de 1480, la reina Isabel y el rey Fernando publicaron la bula "Exigit sincerae devotionis impactus" del Papa Sixto IV del 1 de noviembre de 1478. En ella, el Papa permitió a los monarcas nombrar a dos o tres inquisidores que estaban particularmente interesados ​​en su trabajar para cuidar de los conversos que continuaron manteniendo sus ceremonias, ritos y costumbres judíos. El 17 de septiembre de 1480, los dominicos Miguel de Morillo y Juan de San Martín fueron designados como los primeros inquisidores de la Inquisición española. El primer Autodafé de la nueva Inquisición española tuvo lugar el 6 de febrero de 1481. El 4 de noviembre de 1481, los dos inquisidores de Sevilla condenaron a muerte en la hoguera a 298 personas y a cadena perpetua a 79 personas. Entonces hubo un gran número de quejas con la Reina Isabel y el Rey Fernando, pero también con el Papa Sixto IV, quien criticó el enfoque de los inquisidores, que aparentemente no era compatible con el derecho canónico . Sixto IV no modificó las sentencias. El 11 de febrero de 1482, el Papa convocó a ocho dominicos como inquisidores en Castilla. En el tiempo siguiente, se establecieron nuevos tribunales en otras ciudades del dominio de las Coronas de Castilla y Aragón.

organización

El Tribunal de la Inquisición en una ilustración de Francisco de Goya

Inquisidor general

A la cabeza de la Inquisición española estaba el Inquisidor General. (Los términos Inquisidor General Inquisidor general y Gran Inquisidor Gran Inquisidor se utilizan como sinónimos en la literatura española ). Fue propuesto por el monarca y designado por el Papa. Legalmente, el Inquisidor General era un agente del Papa. Una carta papal le encargó formalmente que dirigiera la Inquisición en los distintos dominios. El Inquisidor General era presidente de la Suprema.

Suprema

El "Consejo de la Suprema y General Inquisición" (en alemán sobre: ​​"Alto y General Consejo de la Inquisición"), llamado "Suprema" para abreviar, era un órgano estatal de la Corona de Castilla o la Corona de Aragón, que con se encomendó la organización y Administración de la Inquisición española. También se crearon órganos similares del consejo, organizados como órganos colegiados , para otros temas, como parte de la reorganización de la administración del Estado en Castilla. B. el Consejo de la India ( Real y Supremo Consejo de Indias ). La tarea de la Suprema era asesorar y apoyar al Inquisidor General en la administración y organización de la Inquisición española y preparar decisiones para los reyes en esta área.

Distritos de la Inquisición

Los primeros distritos de la inquisición se establecieron en la Península Ibérica a partir de 1482. Además, posteriormente hubo bases inquisitivas en las Islas Canarias, que pertenecían a Castilla, así como Baleares y Cerdeña y Sicilia, que pertenecían a la Corona de Aragón . También se establecieron tribunales en las colonias, en México , Lima y Cartagena . En los primeros años, los tribunales locales viajaban por su distrito y deberían haber visitado cada lugar al menos una vez al año. A partir de 1570, uno de los tres inquisidores tuvo que realizar viajes de visita por el distrito durante al menos cuatro meses al año y ocuparse directamente de las infracciones leves. Los casos graves se juzgaron en la sede del tribunal.

Composición de los tribunales

La composición de los tribunales, así como las tareas de los participantes individuales y del personal auxiliar, se determinaron de manera diferente según el lugar y la hora. Las oficinas principales y funciones fueron:

  • Inquisidor: Cada uno de los tribunales locales estaba ocupado por hasta tres inquisidores ( Inquisidores ordinarios ). La necesaria calificación de estos inquisidores quedó establecida en la bula papal “Exigit sincerae devotionis impactus”: deben ser teólogos ordenados de alto rango o laicos con experiencia jurídica. La pertenencia a una orden no era un requisito previo para el cargo. El hecho de que los inquisidores pertenecieran a la orden dominica era a menudo el caso en España, pero de ninguna manera era la regla. Debe tener 40 años de edad y buena reputación, llevar una vida honorable y haberse graduado en teología o derecho. La mayoría de los inquisidores no procedían de la zona en la que estaban desplegados. Además, las transferencias frecuentes aseguraron que no hubiera conexiones locales personales.
  • Fiscal (Fiscal): El Fiscal, conocido como Fiscal o Procurador , era el colaborador más cercano del Inquisidor y pertenecía al magistrado, pero no era considerado juez en el verdadero sentido de la palabra. Dirigió la investigación, actuó como interrogador, redactó actas, redactó la acusación y redactó otros documentos judiciales.
  • Alguacil (Büttel): Oficial de ejecución del tribunal que realizó arrestos y (junto con el receptor o el juez de propiedad) confiscaciones, trajo o trasladó a acusados ​​y sospechosos, entregó citaciones y ejecutó otras órdenes del inquisidor. Cuando el tribunal ocupó varios alguaciles, el jefe de la oficina de los alguaciles se llamó a sí mismo Alguacil Mayor . A menudo, el alguacil también era el carcelero.
  • Calificador (revisor): Los Calificadores solían ser teólogos que examinaban anuncios, testimonios y declaraciones de los acusados ​​para ver si se podían reconocer herejías.
  • Consultor: Los consultores eran abogados y teólogos que asistían al tribunal en la conducción del litigio.
  • Comisario (Comisario): Los comisarios eran en su mayoría capellanes locales que dieron al tribunal información sobre las condiciones locales.
  • Notario de secuestros o Receptor (oficial de confiscación): Inmediatamente después del arresto, el Notario de secuestros (literalmente 'notario de confiscación') o receptor estableció un registro en el que se registró el estado de propiedad del sospechoso.
  • Juez de Bienes Confiscados (Oficial de Confiscación): La decisión sobre qué propiedad del acusado o condenado fue confiscado por la Inquisición fue tomada por el Juez de Bienes (literalmente 'juez de propiedad'), quien era responsable ante la Real Hacienda ( Hacienda Real). ).
  • Notario del secreto: Los notarios y las declaraciones de los testigos que se mantendrán en secreto al acusado, pero también las declaraciones de los mismos acusados, fueron registradas por el notario del secreto . También llevó a cabo la correspondencia del tribunal.
  • Medicus: Si se utilizó la tortura, un médico debe estar presente para asegurarse de que el acusado no muera antes de ser condenado.
  • Alcaide de cárcel (carcelero): La Inquisición tenía sus propias cárceles, que, separadas de las cárceles del poder judicial general, estaban en su mayoría en las inmediaciones del palacio de justicia. Fueron utilizados tanto para la prisión preventiva como para cumplir condenas impuestas por el tribunal.
  • Familiar (Dienstmann): Los Familiares eran laicos que apoyaban a los Tribunales de la Inquisición arrestando a sospechosos o buscando refugiados. Para los Familiares , que a menudo eran personas sencillas como agricultores o artesanos, trabajar para la Inquisición traía el privilegio de que se les eximiera de algunos de los impuestos, de poder portar armas y de ser juzgados únicamente por la Inquisición. Para algunos nobles, el nombramiento fue un honor especial.
Organigrama de la Inquisición española hacia 1520 (después de B. Comella)

Financiamiento de la Inquisición

Hasta 1559, las finanzas de la Inquisición española corrían a través del presupuesto estatal. Una característica de los Santo Oficios en el período siguiente fue la independencia de los servicios estatales directos.

costos

Había alrededor de una docena de funcionarios asalariados en cada distrito judicial. También hubo otras personas que solo trabajaron temporalmente para los tribunales. Solo los Familiares no recibieron pago alguno. Además de los costos de personal, hubo costos de construcción y mantenimiento del palacio de justicia y las cárceles asociadas, la mayoría de las cuales eran propiedad de la Inquisición. Se incurrió en costos adicionales a través de inversiones y la administración de propiedades que estaban destinadas a garantizar la seguridad financiera a largo plazo de la Inquisición. El evento del espectacular auto dafe solo fue posible con un gran desembolso económico.

ingresos

Confiscación: En derecho canónico , la confiscación es el castigo estándar por herejía El valor de los bienes confiscados trajo ingresos bastante altos en la primera vez a través de la condena de conversos ricos . Sin embargo, después de que el foco de las condenas se desplazara hacia los moriscos en su mayoría pobres , hubo una falta de víctimas lucrativas desde mediados del siglo XVI .

Multas: El monto de las multas impuestas a menudo también dependía del desempeño económico del acusado y, por lo tanto, ha disminuido cada vez más con el tiempo.

Transferencia de pagos: Una de las sanciones impuestas por la Inquisición española fue la obligación de llevar una túnica penitencial en público . Este requisito a menudo significaba que la capacidad de actuar de los afectados estaba severamente restringida en las transacciones comerciales. Al pagar una redención, la condición generalmente podría levantarse.

Pagos de las comunidades de Moriskan: algunas congregaciones de musulmanes que se habían convertido al cristianismo celebraron contratos con los tribunales de la inquisición locales para pagos regulares de suma global, que prometían a los moriskanos que la Inquisición renunciaría a ciertas medidas. Por un pago anual de 2500 ducados, por ejemplo, B. la Inquisición en Valencia en 1571 para llevar a cabo extensas confiscaciones y limitar las multas a 10 ducados.

Ingresos por arrendamiento y alquiler: Los Tribunales de la Inquisición invirtieron temporalmente sus ingresos en bienes raíces y, por lo tanto, se independizaron de los pagos de la Corona. Los ingresos de la propiedad de la Inquisición jugaron un papel en la financiación de la Inquisición española, especialmente en el siglo XVI y después del XVIII.

Canónicos (beneficios): Ya en 1488 el Papa otorgó a los reyes católicos el derecho de asignar beneficios (canónicos), que se adjuntaban a las catedrales o iglesias colegiadas , a los inquisidores . Felipe II Pablo IV podría conducir a aquél dotado de una posición sinecura en todas las catedrales y colegiatas de España se ha previsto cabildo catedralicio o cabildo de pluma para abastecer a un inquisidor.

El trabajo de la Inquisición

Autodafe en la Plaza Mayor de Lima , Virreinato del Perú , siglo XVII

En los primeros años de existencia del establecimiento, más del 90% de los acusados ​​eran conversos , es decir, personas que se habían convertido de la fe judía a la cristiana, así como sus descendientes bautizados. A partir de finales del siglo XVI , predominaron los juicios contra los moriscos , es decir, personas que se habían convertido de la fe musulmana a la cristiana. La lucha contra los luteranos (en su mayoría extranjeros) y los alumbrados por parte de la Inquisición española, en cambio, fue un fenómeno marginal y numéricamente insignificante.

La expulsión de los judíos y la persecución de los conversos

La razón del establecimiento de la Inquisición española fue el creciente número de personas que se habían convertido de la fe judía a la cristiana, los conversos, en el transcurso del siglo XV . A menudo se sospechaba que no estaban realmente convertidos y que realizaban en secreto actos religiosos de su religión abandonada. Si bien la verdadera convicción o presión social llevó inicialmente a la conversión, después del Edicto de la Alhambra del 31 de marzo de 1492 , los judíos solo tenían la opción entre el bautismo y el exilio. Se estima que en 1520 alrededor del 10% de los 25.000 conversos tenían juicios de inquisición.

La expulsión o el bautismo obligatorio de musulmanes

En 1502, diez años después de la expulsión de los judíos, a todos los musulmanes de Castilla se les dio la alternativa de ser bautizados o emigrar. Para Aragón, el rey Carlos I ordenó el bautismo obligatorio de todos los musulmanes en 1525. Como sucedía con los conversos, también se encontraba en los musulmanes convertidos, los moriscos , la sospecha generalizada de ser y en secreto, no convenció a los ritos cristianos de practicar su antigua religión.

La supresión del protestantismo

Ilustración contemporánea de una lechería de automóviles en Valladolid donde catorce protestantes fueron ejecutados el 21 de mayo de 1559.

Los luteranos tuvieron pocos seguidores en España hasta mediados del siglo XVI. A instancias del dimitido emperador Carlos V, para quien la lucha contra el protestantismo no era sólo una cuestión de fe, sino una cuestión de política, la persecución de este tipo de desviación del catolicismo romano entre 1559 y 1566 también jugó un papel en los españoles. Inquisición. Se estima que hay alrededor de 100 condenas a muerte en este grupo.

Jurisdicción para delitos especiales

Brujería: Los juicios de brujería se llevaron a cabo tanto en la Inquisición española como en los tribunales seculares. En 1498 se produjeron las primeras condenas por parte del Tribunal de la Inquisición de Zaragoza . En 1525, la Suprema ordenó que nadie debería ser arrestado por brujería a menos que hubiera pruebas distintas del testimonio de otros acusados ​​de brujería. No se deben confiscar los bienes de los acusados ​​que confesaron libremente.

En 1610 se llevó a cabo un juicio por brujería a 53 imputados ante el Tribunal de la Inquisición de Logroño . De las brujas condenadas, seis fueron realmente quemadas y cinco en efigie . Uno de los tres inquisidores, Alonso de Salazar y Frías , se había manifestado en contra de las condenas. No obstante, las sentencias fueron confirmadas por el Consejo de la Suprema Inquisición . Alonso de Salazar y Frías investigó más rumores de actividad de brujas en Navarra en nombre de Suprema. En 1614 llegó a la conclusión de que no había pruebas de brujería. De hecho, esto llevó al Suprema a no realizar más juicios por brujería en este caso e incluso a rehabilitar a los condenados de Logroño.

Bigamia: La bigamia era un delito que podía ser castigado por tribunales seculares y eclesiásticos, así como por la Inquisición. Los Tribunales de la Inquisición justificaron su jurisdicción sobre el hecho de que el bígamo demostró con sus acciones que despreciaba el sacramento del matrimonio. El Concilio de Trento (1547-1563) había definido claramente la forma de un matrimonio cristiano en el decreto "Tametsi". Por tanto, a partir de mediados del siglo XVI, no hubo más problemas de prueba que habían surgido de la posible existencia de un matrimonio informal . Los condenados por bigamia por los tribunales de la Inquisición española eran principalmente personas de fuera de la localidad donde fueron acusados. En su mayoría eran gitanos , jornaleros , marinos , ex presos o soldados . Los comerciantes extranjeros también se encontraban entre los convictos. Los bígamos a menudo fueron condenados a penas de galera temporales .

Homosexualidad: Los actos homosexuales fueron vistos como una señal de que el agente se rebelaba contra el orden previsto por Dios. En una ordenanza de 1505, el rey Fernando II determinó que en Aragón los procesos por actos homosexuales eran competencia de la Inquisición. En Castilla, en cambio, los juzgados locales eran los responsables.

Sollicitación: El enjuiciamiento de actos íntimos y provocadores y acoso sexual por parte de sacerdotes en el confesionario ( Sollicitación ) era responsabilidad de la Inquisición. Más allá del componente moral de la ofensa, también era importante aquí que tales actos fueran vistos como desprecio y deshonra del sacramento de la penitencia y, por lo tanto, como un signo de la incredulidad de los perpetradores y los involucrados en ambos sexos.

Censura

Índice de libros de la Inquisición española. Madrid, 1583

Incluso en los primeros años de su existencia, la lucha contra los impresos heréticos fue una tarea importante de la Inquisición. Se dice que en 1490 provocó la quema de más de 6.000 Biblias y otros libros en Salamanca. La orden de 1497 en Valencia de quemar libros religiosos hebreos y las Biblias traducidas encontraron oposición. Por lo tanto, los libros fueron examinados por profesores universitarios y teólogos respetados antes de que fueran entregados a las llamas. En Granada, se dice que Francisco Jiménez de Cisneros ordenó quemar de cuatro a cinco mil libros árabes .

Por ordenanza del 8 de julio de 1502, los Reyes Católicos decretaron que era necesario obtener un permiso antes de imprimir o importar un libro. Estas autorizaciones fueron otorgadas en Valladolid y Granada por los presidentes de las respectivas cortes reales, en Toledo , Sevilla , Burgos , Salamanca y Zamora por los arzobispos y obispos respectivamente . La responsabilidad cambió con frecuencia en los siglos siguientes. Esta censura previa no pudo ser evitada por autores, impresores y libreros. Los censores de las distintas instituciones aprobaron o criticaron de manera muy diferente. Sin embargo, la aprobación de la impresión por la censura preliminar no proporcionó la seguridad de que los Tribunales de la Inquisición no consideraran el contenido como herético y condenan a los autores, impresores y libreros.

La directriz para los tribunales de la Inquisición española fue un índice creado bajo el inquisidor general Fernando de Valdés a partir de 1559 . En 1583, se publicó un índice ampliado, que se actualizó. Inicialmente enumeró 2.315 obras, de las cuales alrededor del 75 por ciento estaban escritas en latín, el 8,5 por ciento en castellano y el 17,5 por ciento en otros idiomas.

Si la Inquisición tenía un anuncio que hacía referencia a una obra impresa, el libro se presentaba a un censor de la Inquisición, quien preparaba una opinión experta. Si el revisor concluía que había habido una violación, todas las copias debían ser retiradas, se amenazaba con multas por cada reimpresión y el libro se colocaba en el índice de la Inquisición española.

En el siglo XVIII, un foco de la Inquisición fue la censura de las representaciones. Las obras objetadas por la Inquisición se pueden dividir en cuatro grupos:

  1. La representación de cruces y símbolos religiosos, incluso cuando se muestran correctamente y con el debido respeto, pero daña la reputación de los símbolos debido a una representación incorrecta o inadecuada.
  2. La representación de santos, cruces u otros símbolos, cuya difusión podría alentar creencias falsas porque se reprodujeron en objetos para uso mundano, especialmente en objetos relacionados con partes menos decentes del cuerpo.
  3. La representación de escenas indecentes o claramente pornográficas con símbolos sagrados o personas que habían dedicado su vida a Dios.
  4. Esculturas, fotografías, dibujos, grabados y cualquier otro tipo de representación que muestre cuerpos desnudos o que, a ojos de los censores, muestren un comportamiento provocativo, inmoral, deshonroso, lascivo u obsceno.

El curso del procedimiento

Las primeras reglas para el curso de los procedimientos de la Inquisición española se redactaron en 1483 y se ampliaron a 1500. En 1561 el inquisidor general Fernando de Valdés resumió las diversas directivas que había enviado la Suprema hasta ese momento.

Perdón

Al comienzo de la actividad de un tribunal de la inquisición en un lugar, hubo una lectura pública de un indulto (Edicto de Gracia) hasta alrededor de 1500. Se pidió a los residentes que cooperaran con la Inquisición. Se les pidió que confesaran o informaran de sus propios pecados y de los pecados de otras personas de los que se dieron cuenta en los siguientes treinta días. Las formas de herejía que se mostrarán se enumeraron individualmente. Se prometió que los pecados confesados ​​libremente y lamentados seriamente serían más indulgentes. Muchos conversos aceptaron esta oferta para ser aceptados nuevamente en la Iglesia después de una leve penitencia. Este procedimiento estaba asociado con cierto riesgo, pero podía proteger contra la confiscación de bienes. La mayoría de estos procedimientos terminaron con un pago monetario a la Inquisición.

Desde principios del siglo XVI, el decreto de gracia (Edicto de Gracia) fue sustituido por el decreto de fe (Edicto de Fe). En este llamamiento, el tiempo en el que debían presentarse los informes se redujo a unos días y no hubo período de gracia.

monitor

Dado que también se imponía una sanción por no informar de las infracciones, por lo general se recibía una gran cantidad de denuncias. No se aceptaron anuncios anónimos . Sin embargo, los nombres de los denunciantes y la información que permitió sacar conclusiones sobre el denunciante se mantuvieron en secreto para los acusados ​​posteriores. Los informes se registraron cuidadosamente. Un reportero (calificador) evaluó los anuncios y trató de vincularlos. Los anuncios que no fueran dignos de confianza o que no se relacionen con ningún hecho que deba evaluar la Inquisición deben resolverse. Si hubiera suficientes sospechas sobre una persona, serían arrestados.

arrestar

Como primera medida de detención, se decomisaron provisionalmente los bienes del detenido y se realizó un inventario que sirvió de base al monto de las multas y al cálculo de las costas procesales. La detención generalmente se realizaba en las propias cárceles de la Inquisición. El detenido no fue informado de los motivos de su detención. A menudo pasaban varias semanas o meses antes del juicio. En principio, el acusado debería poder elegir libremente un abogado. En la mayoría de los casos, solo era posible seleccionar entre los abogados defensores nombrados por el tribunal.

Procedimiento

Todo el proceso del procedimiento fue secreto. El proceso de inquisición no se desarrolló como una negociación coherente con la presencia de los involucrados o al menos de los encargados de la sentencia, sino que consistió en una serie de procesos individuales, escritos, que solo se aglutinaron cuando se llegó a la sentencia. No hubo audiencia principal oral . La duración del procedimiento varió ampliamente. A veces se prolongó durante varios años. Cuando se interrogaba a los testigos y se interrogaba a los acusados, normalmente sólo estaban presentes un inquisidor y un secretario. En particular, el registro escrito preciso de los informes y declaraciones de todos los involucrados hizo a la Inquisición tan importante. La recopilación y sistematización del contenido del expediente permitió comparar las declaraciones de los imputados y varios testigos entre sí e identificar contradicciones. También se dispuso de declaraciones realizadas en otros procesos. Los infractores reincidentes podrían identificarse fácilmente como tales, incluso si fueron arrestados en diferentes lugares.

Los diferentes tipos de tortura

Al igual que con los procedimientos de inquisición papal anteriores, pero también con los procedimientos penales normales del período moderno temprano , el uso de la tortura era un medio aprobado para "establecer la verdad". La tortura se utilizó durante la fase de recopilación de pruebas cuando el acusado se vio envuelto en contradicciones o admitió un delito, pero negó la intención de herejía o hizo solo una confesión parcial. Los métodos de tortura habituales de la Inquisición española eran la "garrucha" ( colgar en zancos ), la "toca" ( waterboarding ) y el "potro" ( potro ). Un verdugo secular llevó a cabo la tortura. Estuvieron presentes un inquisidor, un representante del obispo local, un registrador y, por lo general, también un médico. La tortura parece haber sido utilizada en aproximadamente el 10 por ciento de los procedimientos.

juicio

Los juicios de la inquisición de la Inquisición española fueron aprobados por los inquisidores, un representante del obispo en cuya diócesis tuvo lugar el juicio y otros asesores. Si no se podía llegar a un acuerdo entre estas personas, la Suprema tenía que decidir sobre el caso a partir de 1561.

En los casos en que los acusados ​​parecían inocentes, los juicios a menudo se interrumpían y los acusados ​​eran puestos en libertad. La negociación podría reanudarse en cualquier momento. Este procedimiento tenía la ventaja de que el tribunal no tuvo que admitir que había cometido un error en el arresto.

Aparte de la absolución, eran posibles tres tipos de condenas:

  • En casos menores, los condenados debían renunciar a sus errores ante la Inquisición (abjuratio de levi). El veredicto entonces no tuvo lugar en una lechería de automóviles públicos , sino en un "automóvil particular" no público. En casos algo más severos, la renuncia tuvo lugar durante una lechería de autos frente al público (abjuratio de vehementi). Además, se impusieron multas en beneficio de las arcas de la Inquisición. El condenado podría, entre otras cosas. renunciado a usar una túnica penitencial con una cruz roja de San Andrés en público durante un cierto período de tiempo .
  • Las personas que hayan sido declaradas culpables de herejía, que hayan confesado y hayan llegado a un entendimiento, deberían, si mostraban un arrepentimiento sincero, reconciliarse (reconciliatio) con la iglesia mediante el arrepentimiento. La expiación podría consistir en un castigo corporal ejecutado públicamente, un castigo de prisión o de galera . Por lo general, esto implicaba la confiscación de la propiedad.
  • Si los acusados ​​condenados por herejía grave eran involuntarios o recaían, eran liberados de manos de la Inquisición y entregados al brazo secular del poder judicial ( relaxatio ad brachium saeculare ), que luego ejecutaba la pena de muerte mediante la quema. Se confiscaron los bienes de estos presos.

Auto-da-fe

Autodafé en la Plaza Mayor de Madrid el 30 de junio de 1680 (pintura de Francisco Rizi , 1683)

El final de un juicio de la Inquisición española fue el auto de fe, en el que se anunciaron públicamente los veredictos de un gran número de juicios. El auto de fe era un símbolo del Juicio Final . Su puesta en escena solemne es una característica especial de la Inquisición española. Por lo general, tuvo lugar en presencia de todos los dignatarios seculares y espirituales y de toda la población del distrito judicial. La celebración de una lechería de automóviles tuvo que anunciarse con ocho días de anticipación. En la mayoría de los casos, sin embargo, el evento, que se celebra como un festival folclórico, se conocía mucho antes. En el Autodafé, que se celebró en Valladolid en mayo de 1559, se dice que estuvieron presentes 200.000 personas además de varios miembros de la familia real.

Las sentencias se leyeron en la lechería de automóviles y se llevó a cabo la renuncia pública o la reconciliación. La ejecución de las sanciones, p. Ej. B. Los azotes o quemas en la hoguera se llevaron a cabo en un evento separado.

Numero de victimas

Se conocen estudios muy diferentes sobre el número de víctimas de la Inquisición española. El investigador danés Gustav Henningsen elaboró ​​una descripción general de todos los documentos conocidos. Descubrió que ya no se disponía de un número considerable de documentos y que estas cifras faltantes no podían determinarse simplemente por extrapolación o extrapolación de las cifras existentes. Así que hoy solo se puede suponer a partir de casos documentados y se puede suponer que ciertamente hubo más. Según el material disponible, Henningsen supone que entre 1560 y 1700 alrededor del uno por ciento de los acusados ​​fueron ejecutados en la hoguera. En el período comprendido entre 1480 y 1530, la Inquisición española se ocupó en particular de los "conversos" que se habían convertido de la religión judía al cristianismo. Probablemente entre el 50 y el 75 por ciento de todos los procedimientos en los trescientos años de historia de la Inquisición ocurrieron en los primeros cincuenta años. Las estimaciones de los condenados a muerte durante este período oscilan entre 1.500 para el conjunto de España y 12.000 solo para Castilla.

Entre 1484 y 1530, de los 2.160 conversos acusados ​​en Valencia que fueron acusados ​​de seguir practicando la fe judía, 909 fueron entregados al brazo secular y ejecutados por este último.

Entre los protestantes perseguidos entre 1560 y 1620, la tasa de ejecución fue de alrededor del 10 por ciento.

En la zona de la Corona de Aragón, 923 hombres fueron acusados ​​de actos homosexuales (sodomía) entre 1570 y 1630; 170 de ellos fueron condenados a muerte y 288 al servicio de cocina.

Fin de la inquisición

La Inquisición en el siglo XVIII

La última serie de juicios de la inquisición contra cristianos bautizados sospechosos de practicar la religión judía tuvo lugar entre 1721 y 1727. En el período que siguió, la Inquisición se convirtió en una institución que no solo persiguió la lucha contra la herejía, sino que también hizo de la preservación de la moral su tarea especial. También se formularon acusaciones con representaciones satíricas e "insultantes" por parte del rey y su gobierno. La censura se refería no solo a los libros, sino también a todo tipo de representaciones de las artes visuales .

abolición

En un decreto emitido por Napoleón en diciembre de 1808, la inquisición fue derogada en la parte de España ocupada por tropas francesas . Las Cortes de Cádiz, actuando fuera del ámbito de influencia francés, también derogaron los tribunales de la inquisición el 22 de abril de 1813 por considerar que la pureza del catolicismo se conservaba mejor con los obispos. A su regreso del exilio en Francia en 1814, el rey Fernando VII reinstaló la Inquisición. En 1820, al comienzo del Trienio Liberal , Fernando se vio obligado a disolver la Inquisición. En 1829 el Papa transfirió las tareas de la Inquisición española a la Inquisición romana . La Inquisición española fue abolida oficialmente el 15 de julio de 1834 durante el reinado de la reina Isabel II.

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  19. Gerd Schwerhoff: La Inquisición: persecución de herejes en la Edad Media y la época moderna . 3. Edición. Verlag CH Beck, Munich 2009, ISBN 978-3-406-50840-0 , pág. 84 (alemán).
  20. Gerd Schwerhoff: La Inquisición: persecución de herejes en la Edad Media y la época moderna . 3. Edición. Verlag CH Beck, Munich 2009, ISBN 978-3-406-50840-0 , pág. 71 (alemán).
  21. Gerd Schwerhoff: La Inquisición: persecución de herejes en la Edad Media y la época moderna . 3. Edición. Verlag CH Beck, Munich 2009, ISBN 978-3-406-50840-0 , pág. 85 (alemán).
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  26. Gerd Schwerhoff: La Inquisición: persecución de herejes en la Edad Media y la época moderna . 3. Edición. Verlag CH Beck, Munich 2009, ISBN 978-3-406-50840-0 , pág. 70 .
  27. Gerd Schwerhoff: La Inquisición: persecución de herejes en la Edad Media y la época moderna . 3. Edición. Verlag CH Beck, Munich 2009, ISBN 978-3-406-50840-0 , pág. 72 .
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literatura

  • José Antonio Escudero López: La Inquisición en España (=  Cuadernos de Historia 16 . Band 48 ). Información e Historia, SL Historia 16, Madrid 1995, ISBN 84-7679-286-7 (español, [9] [consultado el 19 de enero de 2020]).
  • Joseph Pérez: Crónica de la inquisición en España . Ediciones Martínez Roca, Barcelona 2002, ISBN 84-270-2773-7 (español).
  • Gerd Schwerhoff: La Inquisición: persecución de los herejes en la Edad Media y los tiempos modernos . 3. Edición. Verlag CH Beck, Munich 2009, ISBN 978-3-406-50840-0 .