Delito de servicio

Un delito de deber (también llamado incumplimiento del deber de servicio ) es una violación culpable de los deberes oficiales de un funcionario público ( Sección 77 (1) oración 1 BBG ; Sección 47 (1) oración 1 BeamtStG ), soldados ( Sección 23 (1) SG ), juez ( Sección 77 párr.1 oración 1 BBG en conjunción con la Sección 46 DRiG ) proveedores de servicios comunitarios ( Sección 58 ZDG ) o notarios ( Sección 95 BNotO ). Si se sospecha de una infracción oficial, el superior de servicio o disciplinario tiene el deber de iniciar un procedimiento disciplinario . La mala conducta es parte de la ley disciplinaria sustantiva .

Oficiales y jueces

Los funcionarios públicos y los jueces cometen un delito oficial si incumplen culpablemente sus funciones ( artículo 77 (1), oración 1 BBG ; artículo 47, párrafo 1, oración 1, BeamtStG ). Fuera del servicio, esto es solo un incumplimiento del deber si el incumplimiento del deber es particularmente probable que afecte la confianza de una manera que sea significativa para su oficina o la reputación del servicio civil ( Sección 77 (1) oración 2 BBG ; Sección 47 (1) oración 2 BeamtStG ).

Para los funcionarios jubilados y exfuncionarios con derecho a pensiones o dinero antiguo , se considera falta, cuando presionan contra el orden básico democrático libre en el sentido de la Ley Fundamental, participar en esfuerzos que tengan como objetivo afectar la existencia o seguridad de la República Federal de Alemania, contra violar el deber de confidencialidad, el deber de notificar o la prohibición de una actividad después de la terminación de la relación de servicio civil o la prohibición de aceptar recompensas, obsequios y otros beneficios. Además, se considera infracción oficial para estas personas el incumplimiento de la obligación de renovar su nombramiento como funcionario de por vida, no participar en las medidas sanitarias y de rehabilitación profesional adecuadas y razonables para restablecer su capacidad para trabajar o no compruebe su capacidad para trabajar según las instrucciones de la autoridad. hacerse un examen médico. ( Sección 77 (2 ) BBG )

soldados

Un soldado comete un delito de servicio si viola culpablemente sus deberes ( §§ 7-21 SG ) ( § 23 SG). La naturaleza y gravedad de la infracción de servicio y sus efectos, el grado de culpabilidad, personalidad, liderazgo previo y motivación del soldado deben tenerse en cuenta en el tipo y alcance de la medida disciplinaria ( Sección 38 (1) WDO ). No se toman medidas disciplinarias si la investigación no revela una violación oficial o si el superior disciplinario no considera que una medida disciplinaria sea permisible o apropiada ( Sección 36 (1) WDO ).

Un ex soldado no puede cometer un delito de servicio. Sin embargo, se considera una falta de servicio para él si, después de dejar el servicio militar, viola su deber de confidencialidad o viola la prohibición de aceptar recompensas o regalos o no informa una actividad después de dejar el servicio militar ( § 20a SG) o contraria a una Prohibición de ejercicio ( artículo 23 (2) No. 1 SG). Además, se considera un delito de servicio si un oficial o suboficial, después de retirarse del servicio militar , actúa contra el orden básico democrático liberal en el sentido de la Ley Fundamental o no está a la altura del respeto y la confianza requeridos para su reempleo como superior por un comportamiento indigno ( Sección 23 (2) No. 2 SG). En última instancia, una mala conducta en el servicio también se considera un soldado profesional que no responde a un nombramiento renovado después de ingresar o retirarse ( Sección 23 (2) No. 3 SG).

Notarios

Las regulaciones sobre infracciones oficiales y el procedimiento disciplinario de los notarios se pueden encontrar en las Secciones 95-110a BNotO .

Funcionario

Un proveedor de servicios comete una infracción de servicio si incumple culpablemente sus obligaciones ( § 58 ZDG ). La mala conducta puede ser castigada con medidas disciplinarias ( § 58a Abs. 1 ZDG ). El superior disciplinario responsable determina a su debida discreción si y cómo se debe tomar acción debido a una ofensa oficial bajo la Ley de Servicio Civil ( Sección 58a (2 ) oración 1 ZDG ). También debe tener en cuenta todos los comportamientos oficiales y fuera de servicio ( artículo 58a (2 ), oración 2 ZDG ).

daños y perjuicios

Si un funcionario, soldado o juez viola sus deberes intencional o gravemente por negligencia, debe indemnizar al empleador cuyas funciones ha desempeñado por el daño resultante ( artículo 75 BBG; artículo 24, párrafo 1, oración 1 SG ; artículo 46 DRiG ).