Caza furtiva

El término caza furtiva generalmente se refiere al esfuerzo por ganar empleados o clientes de otra empresa para los suyos. En consecuencia, el tema es particularmente relevante en el derecho laboral y de comercio justo .

Evaluación de la ley de equidad

En determinadas circunstancias, la caza furtiva de empleados o clientes puede ser anticompetitiva y, por lo tanto, según el § 4 No. 10 i. V. m. § 3 UWG puede estar prohibido.

Caza furtiva de empleados

La opinión predominante básicamente no tiene reservas sobre la caza furtiva de empleados, que normalmente se lleva a cabo mediante el uso de cazatalentos . Después de todo, luchar por los mejores empleados puede verse como una expresión de competencia libre y saludable. Tampoco debe ignorarse el derecho de los trabajadores a la movilidad ( artículo 12, párrafo 1 de la Ley fundamental). Sin embargo, a la inversa, ningún empleador tiene que tolerar que otros intervengan excesivamente en sus procesos operativos.

La solicitud puede ser injusta debido a su propósito o los medios utilizados.

Se asumirá un propósito reprensible si la solicitud sirve principalmente para obstaculizar al competidor de manera específica. Esto se puede suponer si el propio empresario z. B. no tiene ningún uso para la persona robada o solo quiere obtener acceso a los secretos comerciales del competidor a través de ellos.

Los medios desleales de solicitar son, en particular, la inducción al incumplimiento de un contrato (por ejemplo, asumiendo sanciones contractuales ; sin embargo, no la mera explotación de un incumplimiento de contrato) o el acercamiento directo en el lugar de trabajo que va más allá del contacto inicial.

Caza furtiva de clientes

Los clientes también pueden alejarse de la competencia. Aquí, también, debe enfatizarse que esto es fundamentalmente inofensivo, ya que en la competencia, en última instancia, siempre se trata de ganar clientes, por supuesto, inevitablemente a expensas de otros. También aquí el límite forma la tentación de incumplir el contrato. Sin embargo, se permite la asistencia para el despido.

Atrapando clientes

La promoción es una forma especial de caza furtiva de los clientes existentes, donde el contratista está, metafórica o realmente, situado entre los clientes y los competidores y los dirige específicamente en su propio negocio. Un ejemplo es pegar carteles de otra persona. Sin embargo, BGH no considera injusto el uso de marcas de terceros como AdWord . La interceptación de clientes potenciales también suele ser más ruidosa. Porque no hay derecho a los clientes potenciales y, por tanto, a los ingresos económicos. Este grupo de casos de la Sección 4 No. 4 UWG (discapacidad dirigida) solo debe usarse como una excepción y justificar la injusticia. El requisito previo para esto es la atribución de clientes potenciales a un empresario (individual) determinado y luego el cambio de esta distribución y atribución por parte del competidor. Por lo general, sin embargo, la atribuibilidad ya falta, porque el mero interesado no está ya inclinado hacia uno ni hacia el otro competidor en el sentido de una z. B. Decisión de iniciar un contrato para esto en lugar de ese competidor / proveedor.

Evaluación de derecho laboral

La caza furtiva de colegas por parte de un empleado puede tener una razón importante: i. Dakota del Sur. § 626 BGB y dan derecho al empleador a despedir al empleado sin previo aviso . La solicitación no tiene por qué ser reprobable ni realizarse con medios injustos, basta con que se realice con cierta seriedad y perseverancia.

Evidencia individual

  1. Piper / Ohly / Sosnitza, Ley contra la competencia desleal, 5ª edición, § 4 Rn. 10,22 ss.
  2. BGH, sentencia de 4 de marzo de 2004, Az. I ZR 221/01, texto completo , BGHZ 158, 174 = GRUR 04, 696 - contacto directo en el trabajo I.
  3. ^ BGH, sentencia de 7 de abril de 2005, Az. I ZR 140/02, texto íntegro , GRUR 2005, 603 - Kündigungshilfe; Köhler / Bornkamm, UWG. 30a edición, § 4 margen UWG no. 10,39.
  4. BGH, sentencia de 13 de enero de 2011, Az. I ZR 125/07, texto completo , NJW 2011, 3032 - Bananabay II.
  5. Wüstenberg: La competencia de los transportistas de pasajeros por los clientes potenciales en la parada de autobús - ¿Explotación desleal de una instalación extranjera? Ed.: Ley de la Industria del Transporte. 2016, pág. 292-299 .
  6. ErfK / Müller-Glöge 13a edición, § 626 Margen BGB no. 62.